Tipos de contratos

Firma de contrato

Como ciudadanos de la Unión europea (UE), los españoles pueden trasladarse a Suiza para buscar un empleo y residir en el país. El Acuerdo entre Suiza y la Unión Europea sobre la Libre Circulación de las Personas de prevé que los trabajadores por cuenta propia o ajena que deseen ejercer una actividad económica en Suiza gozan de los siguientes derechos:

  • Derecho a entrar, residir y ejercer una actividad económica en Suiza.
  • Derecho a la igualdad de trato con los nacionales por lo que se refiere al acceso a una actividad económica y a su ejercicio así como a las condiciones de vida, de empleo y de trabajo.
  • Derecho a cambiar de profesión y de lugar de residencia.
  • Derecho a permanecer en Suiza al finalizar una actividad económica.
  • Derecho de los miembros de su familia a ejercer una actividad económica, cualquiera que sea su nacionalidad.

Empleo de menos de 3 meses

El trabajador con un contrato de trabajo de duración inferior a 3 meses no necesita permiso de trabajo.

Empleo de 3 meses a 1 año

El trabajador por cuenta ajena con un contrato de trabajo de duración superior a 3 meses pero inferior a 1 año podrá recibir un permiso de estancia (permiso L) de duración igual a la prevista en el contrato.

El trabajador que obtenga un permiso de trabajo de duración inferior a 1 año podrá prorrogar el permiso de trabajo hasta alcanzar una duración total inferior a 1 año en la medida en que pruebe que puede ejercer una actividad económica.

Este trabajador podrá obtener un nuevo permiso de trabajo cuya duración dependerá del nuevo contrato. En el periodo que dure la carencia de contrato, el trabajador no está obligado a abandonar Suiza.

Existe la posibilidad de renovar indefinidamente el permiso de corta duración.

No obstante si un trabajador concertase varios contratos de una duración determinada con un mismo empresario, sin que exista una interrupción de la relación laboral y la duración total de los contratos fuese igual o superior a 1 año, podría considerarse que nos encontramos ante una situación de contratos en cadena de carácter abusivo. En este supuesto, la relación laboral debiera considerarse de carácter indefinido. Si este fuera el caso, el trabajador tendría que recibir un permiso de estancia (B), de 5 años de duración, y no un permiso de corta duración (L).

Contrato indefinido o de al menos 1 año

El trabajador por cuenta ajena con un contrato de trabajo indefinido o de duración igual o superior a 1 año podrá recibir un permiso de estancia (B) de una duración de 5 años.

Este permiso se prolongará automáticamente por un período de 5 años. Al ser renovado por primera vez, se podrá limitar su vigencia pero sin que pueda ser de una duración inferior a 1 año si el trabajador se encuentra en situación de desempleo involuntario por un período superior a 12 meses.

No obstante lo indicado anteriormente, en virtud de lo establecido en los acuerdos bilaterales firmados entre España y Suiza, los nacionales españoles que demuestren una residencia regular e ininterrumpida de 5 años en Suiza no necesitarán renovar el permiso B: podrán obtener un permiso de establecimiento (C) si cumplen los requisitos.

Trabajadores por cuenta propia

Los españoles pueden ejercer una actividad por cuenta propia en Suiza. El trabajador recibirá un permiso de residencia por una duración de 5 años en la medida en que pruebe a las autoridades que se ha establecido o quiere establecerse con este fin.

El permiso de trabajo y residencia se prorrogará automáticamente por un período de 5 años, como mínimo, en la medida que el trabajador pruebe que ejerce una actividad por cuenta propia.

Para la expedición del permiso de trabajo, sólo se pedirá el documento de identidad (o pasaporte) así como la prueba de que se ejerce una actividad por cuenta propia.

El permiso de residencia será válido en todo el territorio suizo.

El inicio de una actividad por cuenta propia requiere la creación de una empresa y su inscripción en el registro correspondiente. A la hora de extenderse el permiso, se tienen también en consideración los ingresos derivados de la actividad y el hecho de no solicitar ayuda social para satisfacer las necesidades básicas.