España discrimina a sus residentes en Suiza en el impuesto de sucesiones

Lo llamaremos Juan para preservar su identidad. Es de nacionalidad española y reside en Suiza. En abril 2014 falleció su padre en la Comunidad Valenciana. Según las leyes españolas, la esposa y los hijos tuvieron que arreglar la sucesión en un plazo de 6 meses desde la fecha de la defunción. Para ello, pasando por el notario, Juan pagó por la parte que le correspondía el impuesto de sucesiones por ser no residente en España. En el caso de ser residente en España, es un tributo autonómico que se debe liquidar en la última autonomía en la que vivió el familiar fallecido. Si el heredero no vive en España (es el caso de Juan), la Agencia Tributaria considera que tiene que tributar por la normativa estatal.

En la Comunidad Valenciana, si los bienes heredados nos superan 100’000 euros, el heredero descendiente de 21 o más años no tributa nada en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

En la normativa estatal, la base liquidable es gravada según una tarifa progresiva del 7,65% al 34%. Así las cosas, Juan tuvo que pagar unos 6790 euros de impuesto por los 64’000 euros de bienes heredados.

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Esta diferencia de trato entre residentes y no residentes fue denunciada por la Comisión Europea, entendiendo que la discriminación suponía la existencia de un obstáculo a la libre circulación de capitales. El 3 de septiembre de 2014, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sentenció que España había incumplido, con dichas diferencias de trato fiscal, ciertas obligaciones del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. Lo cual ha supuesto que, desde el 1 de enero del 2015, los afectados puedan solicitar su devolución. Juan lo ha hecho: ha solicitado a la Agencia Tributaria la devolución de la cantidad pagada de forma indebida.

En contestación, la Agencia Tributaria le ha notificado que considera que Suiza no se encuentra ni en la Unión Europea ni en el Espacio Económico Europeo, por lo que lo procedente es aplicar la normativa estatal, y de esta manera mantiene una diferencia de trato con los españoles no residentes, según el país donde vivan.

De residir en Francia, Juan no pagaría nada

Pongamos por ejemplo que dos hermanos heredan de bienes por un valor total de 143’786 euros en España. Uno de los hermanos reside en Francia y el otro en Suiza. El que está en Francia no pagaría nada y el que reside en Suiza debería tributar pagando 7944 euros. España sigue hoy con discriminaciones en la aplicación de la sentencia del TJUE del 3 de septiembre del 2014 hacia los no residentes de países terceros à la UE.

Desigualdad que choca con la Constitución

Esta desigualdad de trato choca con la Constitución Española. En su artículo 14, la Carta Magna garantiza a los españoles residentes en el exterior el ejercicio de los derechos y deberes constitucionales en condiciones de igualdad con los residentes en España, con el compromiso de los poderes públicos de adoptar las medidas necesarias para remover los obstáculos que impidan hacerlos reales y efectivos.

También la Ley 40/2006, del Estatuto de la ciudadanía española en el exterior, garantiza a la ciudadanía española en el exterior «el ejercicio de los derechos y deberes constitucionales, en términos de igualdad con los españoles residentes en el territorio nacional» (artículo 1).

Espanoles.ch ha contactado en enero con el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas para conocer la normativa en la que se basa para justificar tal tributación. También se le ha preguntado si considera que esta discriminación no choca con la Constitución y el Estatuto de la ciudadanía española en el exterior. El ministerio no ha contestado.

¿Estás en un caso similar?

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15 comentarios en «España discrimina a sus residentes en Suiza en el impuesto de sucesiones»

  • el 31.03.2016 a las 13:00
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    Buenos días,

    Antes de nada, os felicito por este artículo y por interesaros acerca de un tema que nos afecta a muchos Españoles que vivimos en Suiza. Y no somos pocos.

    Llevo cinco años viviendo y trabajando en Suiza. La intención es quedarme unos cuantos años más. Desgraciadamente mi sector de trabajo en España está muy mal por lo que, de momento, tengo la intención de quedarme unos cuantos años más y, muy proabablemente, me acabe encontrando un día con un caso similar al de «Juan». Algo indignante!

    Yo, si se me permite, a parte de mostrar mi desacuerdo ante esta mala aplicación de la norma, quería denunciar otra ley injusta que se me aplica a mi y a muchos Españoles residentes en Suiza. Se trata del Impuesto de Renta de No Residentes (IRNR).

    El año pasado compré un piso en España que tengo alquilado desde el mes de mayo. El impuesto directo que grava este piso lo tengo que pagar en el país donde se encuentra el bien, es decir, en España.

    El abuso está en el tipo de tributación que se me aplica por el hecho de vivir en Suiza. En este caso, cuando un bien inmueble está en alquiler, los residentes en un país de la Unión Europea tributan al 19 % de la renta bruta obtenida del mismo. Sin embargo, los residentes de cualquier otra país lo hacen al 24%.

    ¿Qué diferencia hay entre un Español que vive en Alemania, en Suiza o en Vietnam?

    Me gustaría añadir que, a todo esto, no sólo tengo que pagar la escalera, el IBI, el seguro de hogar, el seguro de cobertura jurídica y contra posibles impagos. A todo esto, en Suiza tengo que declarar mi fortuna y mis ingresos, vengan del país que vengan. Con lo que a mi salario le suman mis ingresos por el alquiler de este bien (ingresos brutos, por supuesto) y con esta nueva cantidad (salario + alquiler) calculan el nuevo % de impuestos (el IRPF de España) que tengo que pagar. Vamos, otro sablazo.

    Resumiendo y para que se entienda mejor. Yo alquilo mi piso a 600 € al mes y para mi, a final de mes, después de eliminar todos los gastos, me quedo con 250 € de beneficio. Viva la fiscalidad internacional y los acuerdos contra la doble imposición de los cuales alardean.

    Siento haberme ido un poco de las ramas, pero lo he hecho porque considero que la situación con el Impuesto de Renta de No Residentes es, aunque no con el mismo grado, igualmente disriminatoria.

    Nos obligan a irnos a otro país a buscarnos la vida y cuando lo conseguimos, nos quieren hacer la vida imposible. No me extraña que el 99,9 % de los extranjeros que viven en Suiza no declaren absolutamente nada. De haber sabido lo que me esperaba, hubiese seguido su camino. Lección aprendida.

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  • el 01.04.2016 a las 07:32
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    Lamentable otra vez más, españa nos descrimina, por supuesto porque le interesa.
    (un dinerillo que va a parar a las arcas del Estado)

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  • el 20.04.2016 a las 07:02
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    Rafael, ¿no te puedes deducir en Suiza los impuestos pagados por alquiler en España debido al Convenio Hispano-Suizo? Supuestamente se intenta evitar la doble imposición con este tipo de convenios.

    Por otro lado, todas estas discriminaciones , ¿no pueden ser puestas en conocimiento del Defensor del contribuyente? Para algo tiene que servir esa figura pública, no solo para costarnos dinero, ¿no?

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  • el 25.09.2016 a las 14:35
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    Buenos días,

    Mi caso es muy similar y con la variante de la autonomía catalana.
    Debo contestar en reposición a la administración en 10 días. Tomo nota de los tres argumentos dados ( Constitución, ley de la ciudadanía y libre circulación de capitales)
    Algún otro argumento a mayores?

    Creo que debemos unirnos todos para solicitar cambios en la normativa aplicable a los no residentes. Alguna idea para esto?

    Saludos y animo!

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  • el 25.09.2016 a las 14:39
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    A través del Consulado o embajada no se puede hacer presión para estos cambios normativos?

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  • el 29.12.2016 a las 23:51
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    Esto es intolerable, en la linea de las muchas cacicadas fiscales que se han perpretado en los ultimos años en España.

    Existe una sentencia del TSJE que prohibe esta discriminación (Caso Welte, precisamente un señor aleman residente en Suiza. Sentencia 17-10-2013, C-181/12)

    Supongo que con paciencia y en los tribunales, la Agencia Tributaria entrará en razón.

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    • el 12.03.2017 a las 13:58
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      Hola, podría añadir más datos o un enlace sobre la sentencia que menciona?
      Gracias.

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  • el 26.01.2017 a las 01:29
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    Quizá recoger firmas en Change.org para intentar terminar con la injusticia impuesta a los NO Residentes e intentar que se les elimine tanto interés, sobre todo si tienen que pagar hipoteca, pues a veces los jovenes y no tan jovenes no les da el alquiler para hacer frente a todos los gastos. Saludos

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  • el 15.02.2017 a las 08:45
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    Hola a todos:
    alguien me puede explicar que pasarà en el 2018 por los vienes declarados que tenemos en Espana pero no en Suiza siendo residente en Suiza?
    Gracias

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    • el 20.11.2017 a las 13:36
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      Espabílate y declara los bienes que tienes en España cuanto antes. Si se trata de un immueble lo que pagas en Suiza es ínfimo. No merece la pena correr el riesgo por que las multas son de órdago.

      Estoy en la misma situación que Rafael. El que un suizo pague 5 % mas que los europeos por los alquileres en España es un atraco. Mira que presumen de todos los acuerdos entre Suiza y la UE… ya me dirán a quienes les sirven. Al ciudadano de a pie desde luego que no. Y lo peor es que pagas por los días alquilados y por los no alquilados. No podemos deducir NADA de los costes que tenemos, salvo las reparaciones imprescindibles mientras esté alquilada la casa. Si estamos nosotros «tururu», a pasar por caja.

      Lo de la herencia es el summum. ¿ Cómo movilizarnos ?

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  • el 24.12.2017 a las 16:11
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    Es aún peor.

    Un residente de la UE paga el 19% sobre la renta neta, es decir, el alquiler cobrado después de haberle deducido ciertos gastos. Un residente en Suiza paga el 24% de la renta bruta, es decir, que no sólo es más sino que la base imponible es mayor.

    Ejemplo:
    – Piso en alquiler por 600 euros al mes, 7200 euros al año
    – Pago el IBI, 100 euros al año
    – Gastos de comunidad, mejoras, intereses de la hipoteca : 2000 euros al año

    Si vivo en Francia pago el 19% de 5100 (7200-100-2000), o sea, 969 euros.
    Si vivo en Suiza pago el 24% de 7200, o sea, 1728 euros.

    Claramente discriminatorio y confiscatorio.

    Con respecto al impuesto en Suiza efectivamente hay convenio de doble imposición. En Suiza no pagarás impuesto por esas rentas, sin embargo sí que se tienen en cuenta parra calcular tu porcentaje de impuesto sobre el resto de rentas.

    ¿No se puede uno movilizar? ¿No podemos hacer algo como ciudadanos?

    Respuesta
  • el 20.03.2018 a las 21:33
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    Recientemente el Tribunal Supremo en Sentencia de fecha 19.2.2018 se ha pronunciado a favor de los extracomunitarios. Se trata de un supuesto de aplicación de la normativa estatal del Impuesto de Sucesiones y Donaciones donde se condena a la administracion al pago de la diferencia entre lo en su dia satisfecho y lo hubiese correspondido de aplicarse la normativa autonómica.

    Entiendo, por mi parte, que este criterio deberá hacerse extensible al modelo 720

    http://www.poderjudicial.es/search/contenidos.action?action=contentpdf&databasematch=TS&reference=8307752&links=28079130052018100064&optimize=20180305&publicinterface=true

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  • el 20.08.2018 a las 13:54
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    Hola a todos,
    Os añado un punto adicional de complejidad y de discriminación absolutamente extrema:
    Como se ha comentado antes, al alquilar tu vivienda de España, no puedes desgravarte ningún gasto. Ahora imaginemos que esa vivienda está siendo gestionada como alquiler vacacional, entonces los gastos suponen más del 50% de los ingresos, los ingresos brutos son mucho mayores (que no los netos) y se paga impuestos por TODO lo ingresado por el piso (te llegue a ti o se lo quede la agencia)

    Ejemplo: vivienda en alquiler vacacional. El propietario se queda con el 60% de los ingresos, la agencia el 40% de los ingresos (+IVA, así que 48,4%). Como hay que pagar (Modelo 210) el 24% de TODOS los ingresos, del 100%.

    Caso real:
    Venta: 1.500 Euros mes X
    Gastos gestión agencia (publicidad, limpieza, gestión, etc.): 726 (40% + 21% IVA)
    Gastos comunidad: 60
    Gastos agua, gas, etc. : 70
    ADSL: 40
    Otros gastos mes (seguro, IBI, etc. prorrateo): 50

    Bruto Propietario: 554
    Impuestos (24% de la venta, sin gastos): 360

    Neto propietario: 194!!!

    El problema es pagar impuestos de lo que gana la agencia de gestión. No poder desgravar ningún gasto y pagar impuestos por lo vendido es una discriminación para Españoles residentes en Suiza versus residentes en, por ejemplo, Francia.

    Trabajamos fuera e invertimos los ahorros en nuestro país, generando riqueza y trabajo; sin embargo, están consiguiendo que me arrepienta.

    Saludos,
    Cristobal.-

    Respuesta
  • el 28.02.2019 a las 21:28
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    Hola me gustaria saber si ha cambiado algo sobre el tema de heredar un piso en españa y vivir en suiza .

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  • el 16.04.2021 a las 18:09
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    Para afectados por esta discriminación de Hacienda a propietarios de piso alquilado en España, se pueden movilizar enviando una denuncia individual a la Comisión Europea. En el blog de Consulting DMS tienen un modelo de denuncia ya redactado incluyendo todos los artículos de la legislación de la UE que infringe España, descripción del problema, etc. Solo tienen que copiar y pegar en su denuncia, y enviarla a su nombre. Yo ya lo he hecho. Si denunciamos muchos, podemos tener esperanza de que el Tribunal Europeo acelere el proceso, falle a nuestro favor y se acabe este trato injusto.

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