El Congreso deroga el voto rogado de los españoles en el exterior
El Pleno del Congreso de los Diputados ha puesto fin al voto rogado de los españoles en el exterior, que ya no tendrán que pasar por la traba burocrática de solicitar su material de voto en cada ocasión. La Cámara ha dado luz verde este jueves 9 de junio a la Proposición de Ley Orgánica de reforma de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, para la regulación del ejercicio del voto por los españoles que viven en el extranjero, por 339 votos a favor, 1 voto en contra y 2 abstenciones, por lo que ha alcanzado la mayoría absoluta necesaria por su carácter orgánico. Ahora se remitirá al Senado para continuar su tramitación parlamentaria. El texto aprobado por el Congreso de los Diputados coincide con el dictamen de la comisión, al no haberse incorporado ninguna de las enmiendas presentadas.
«Prometimos y cumplimos. Hoy damos un importantísimo paso para derogar el voto rogado y acabar con una injusticia democrática. La voz de tantos españoles y españolas en el exterior será, por fin, escuchada sin trabas burocráticas. El derecho a voto no se ruega, se ejerce», escribió el presidente del Gobierno, Pedro Sanchez, en Twitter.
Ayer, representantes políticos en el exterior celebraron la decisión parlamentaria. «Han sido 12 años de lucha de los residentes en el exterior para recuperar su derecho más básico en democracia. Esta triste etapa borró de la agenda la creación de las circunscripciones exteriores, vía de evolución de nuestra Constitución que estaba en proceso de diálogo político en aquel momento y que era lo que tocaba. La democracia siempre debe ir en extensión», observó Marco Ferrara, secretario general del PSOE Lausanne, que en el momento de implantarse la medida era portavoz del PSOE Europa, federación exterior que se opuso a la reforma desde el principio.
«Quiero reivindicar el compromiso ejemplar de una generación de jóvenes políticos del PSOE Europa que, en 2010, nada más conocer las intenciones de reforma, supo medir la gravedad de la situación, oponerse con determinación e involucrarse con fuerza para evitar la implantación de la errónea reforma, y posteriormente para su reversión. Aquel intenso trabajo y el sentido de la responsabilidad, que antepuso los intereses de la democracia a las ambiciones de carreras políticas personales, permitió el rápido reconocimiento del problema en el seno de la familia socialista: en menos de dos años, se obtuvo la condena al voto rogado por el propio secretario general, José Luis Rodríguez Zapatero, en su discurso de despedida del liderazgo del PSOE en 2012. Los gobiernos del PP han supuesto años perdidos para arreglar la situación. Agradecemos al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, a las actuales direcciones políticas a nivel estatal y a los grupos parlamentarios su labor en la rectificación de la ley y por el cumplimiento de la palabra dada», indicó Marco Ferrara a través de un comunicado.
Modificación del Artículo 75 de la LOREG
La proposición de ley plantea la reforma del artículo 75 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, relativo al voto rogado con la intención de «resolver los problemas» derivados de su aplicación, ya que, se afirma en su exposición de motivos, en los últimos años se ha dado «una reducción muy significativa en los niveles de participación de los electores residentes en el extranjero» en las elecciones «como consecuencia de la complejidad del procedimiento».
El texto propone «suprimir el requisito de que los españoles residentes en el extranjero tengan que solicitar o rogar el voto», con objeto de permitir que reciban la documentación de oficio en su domicilio. El texto también reconoce «el uso opcional de una papeleta descargable telemáticamente».
La reforma, además, amplía los plazos para el depósito del voto, para su apertura y de escrutinio general y reforzará las medidas de garantías del sistema de identificación de votantes en caso de voto por correo. En concreto, se amplía de tres a siete días el plazo para el depósito del voto, mantiene la posibilidad de enviar el voto por correo postal y extiende de tres a cinco días el plazo para la apertura de los votos emitidos desde el extranjero, así como el plazo del escrutinio general.
Por otro lado, el texto detalla la documentación requerida, así como el procedimiento, las medidas de garantía del carácter secreto del voto y de la identidad de los votantes. También propone eliminar los puntos cuarto y quinto y añadir tres disposiciones adicionales nuevas relativas a medidas extraordinarias, situaciones de carácter excepcional y otros asuntos.
Tramitación parlamentaria
Esta proposición de ley orgánica, presentada por el PSOE y Unidas Podemos, fue tomada en consideración por unanimidad en la sesión del 23 de febrero de 2021 y se procedió a la apertura del plazo de presentación de enmiendas.
Sobre el texto y las enmiendas presentadas, la ponencia elaboró el informe debatido y votado por la comisión. Así, el informe de la ponencia introdujo tres enmiendas transaccionales presentadas por el PSOE y el PP y ocho enmiendas transaccionales presentadas por PSOE, Unidas Podemos y PP. Así mismo, se han suprimido los números cuarto y quinto de la proposición de Ley por los que se adicionan una disposición adicional novena y décima de la LOREG.
LLa Comisión Constitucional, en su sesión del miércoles 25 de mayo, aprobó el dictamen, que integra el informe de la ponencia a la que se ha añadido la enmienda número 105 del Grupo Parlamentario Vox, una modificación de carácter técnico para denominar a la ley como «orgánica», de acuerdo con su naturaleza en la disposición final donde se recoge que la entrada en vigor de la ley será al día siguiente de su publicación en el BOE.
Una vez celebrado este debate en comisión, el Pleno ha visto el dictamen y las enmiendas al articulado no incorporadas en fase de ponencia y comisión y que los grupos parlamentarios han mantenido vivas. El texto resultante se ha sometido a una votación final de conjunto en la que debía ser aprobado por mayoría absoluta.
Ahora, la proposición de ley se remitirá al Senado, donde seguirá el procedimiento de debate en ponencia, comisión y Pleno. La Cámara Alta podrá aprobar el texto en sus términos, presentar enmiendas o proponer un veto. En el caso de los dos últimos supuestos, la iniciativa regresará al Congreso de los Diputados para la celebración de un último debate antes de su aprobación definitiva. El nuevo modo de voto exterior debería estar listo para las autonómicas 2023 y para las próximas elecciones generales.